Regulariza tu situación en España: te ayudamos en todo el proceso

Regulariza tu situación de la forma que prefieras: solicita cita presencial rellenando el formulario, escríbenos por WhatsApp y te responderemos lo antes posible, o llámanos al 900 989 671 dentro del horario de 9:00 a 18:00 y nuestro equipo te atenderá.

Si cumples los requisitos del nuevo proceso de regularización aprobado por el Gobierno, podemos ayudarte a realizar todo el trámite de manera totalmente gratuita.

Somos entidad colaboradora del Ministerio, lo que significa que podemos recoger tu documentación, revisar tu caso y gestionar la solicitud contigo, de forma segura y acompañada.

Este proceso permite que muchas personas que ya viven en España puedan acceder a una autorización de residencia y trabajo.

Nuestro equipo te orienta desde el primer momento para que sepas:

  • si puedes acogerte a la regularización
  • qué documentación necesitas
  • y cómo presentar correctamente la solicitud

 

Formulario de atención

Formulario proceso de regulación extraordinario 2026

Completa los datos para iniciar tu solicitud.

Datos de contacto


Formato de ejemplo: nombre@dominio.com
Formato de ejemplo: +34612345678
Formato de ejemplo: 41001
Información sobre protección de datos

De conformidad con la normativa en materia de protección de datos, te informamos que tus datos serán tratados, en calidad de responsables, por la Confederación Sindical de CCOO y sus organizaciones confederadas, con la finalidad de mantener el contacto y remitirte información sobre temas que constituyen la actividad legítima del sindicato y/o gestionar la actividad organizada por el sindicato en la que participas.

Entre otros fines, tus datos podrán utilizarse para la gestión de campañas de apoyo, realización de encuestas para conocer opinión, gestión de eventos o jornadas en las que te inscribas, o para resolver las consultas que puedas plantear por los diversos canales de contacto puestos a tu disposición.

Puedes ejercer los derechos que te asisten dirigiendo una solicitud a la Delegada de Protección de Datos al correo dpd@ccoo.es, indicando: “contacto actividad sindical”.

¿Quién puede acceder a este proceso?

Existen dos vías principales de regularización:

1. Personas solicitantes de protección internacional (asilo)

Podrán solicitar la regularización aquellas personas que:

  • Hayan solicitado protección internacional o asilo antes del 1 de enero de 2026. 
  • Y cuya solicitud o recurso todavía no haya sido resuelto.
 
2. Personas en situación administrativa irregular (arraigo extraordinario)

Podrán acogerse aquellas personas que ya se encontraban en España antes del 1 de enero de 2026.

Requisitos generales (comunes a ambos casos)

Para poder solicitar la regularización, es necesario cumplir una serie de condiciones básicas:

a).

Ser mayor de edad o menores con representación de los progenitores

b).

Estar en España en el momento de presentar la solicitud

c).

No tener autorización de residencia o estancia en vigor

d).

No estar tramitando otra autorización de residencia

e).

Aportar pasaporte completo, cédula o título de viaje, aunque esté caducado. 

e).

Haber permanecido en España de forma ininterrumpida al menos 5 meses antes de la solicitud

f).

Carecer de antecedentes penales (o que sean cancelables en España)

g).

No suponer una amenaza para el orden público o la seguridad

h).

No tener prohibida la entrada en España

i).

Haber abonado la tasa administrativa correspondiente. Si no tienes NIE, no te preocupes, la administración te hará un requerimiento para que puedas abonarla. Nuestro equipo te avisará para que puedas hacerlo.

Requisitos específicos según el tipo de regularización

Si solicitas el arraigo extraordinario

Además de los requisitos generales, deberás cumplir al menos una de estas condiciones:

  • Haber trabajado en España o tener una oferta de trabajo
  • Tener intención de trabajar (por cuenta propia o ajena)
  • Vivir con tu familia en España (hijos menores, personas dependientes o ascendientes de primer grado)
  • Estar en situación de vulnerabilidad acreditada por servicios sociales o entidades autorizadas.

No te preocupes, de todo esto existen modelos y nuestro equipo te los facilitará durante el proceso. 

Si eres solicitante de protección internacional

Además de los requisitos generales:

  • Deberás haber presentado tu solicitud de asilo antes del 1 de enero de 2026
  • Si te conceden la residencia, tendrás que renunciar a tu solicitud o recurso de protección internacional

¿Qué derechos se obtienen?

Desde el momento en que se admite a trámite la solicitud:

  • Podrás residir y trabajar legalmente en España de forma provisional
  • Tanto por cuenta ajena como por cuenta propia
  • En cualquier sector y en todo el territorio nacional 

Si se concede la autorización:

  • Durante el mes inmediatamente posterior debes solicitar tu tarjeta de identidad de extranjero TIE
  • Tendrá una duración inicial de 1 año.
  • Permitirá trabajar y residir con plenos derechos.
  • Podrás prorrogarla o modificarla posteriormente. Si no se puede solicitar modificación se podrá prorrogar si se acredita estar en búsqueda activa de empleo y debida inscripción en el SEPE o aportar informe de esfuerzo de integración.

Plazos importantes

  • El plazo para solicitar la regularización finaliza el 30 de junio de 2026.
  • La Administración tiene un plazo máximo de 3 meses para resolver.
  • Si no hay respuesta en ese tiempo, la solicitud se considera desestimada por silencio administrativo.

Confederación Sindical de Comisiones Obreras

C/ Fernández de la hoz, 12. 28010 Madrid